INTITUTO DEL ABORIGEN DEL CHACO

En la provincia del Chaco el Instituto del Aborigen Chaqueño es el ente que esta velando por las nesecidades de los pueblos Originarios de la provincia

miércoles, 12 de mayo de 2010

"Plantean crear un registro de ocupantes de tierras fiscales"


El proyecto pertenece a la titular de la Comisión de Tierras, Clelia Avila con el objetivo de brindar seguridad jurídica a los ocupantes y publicidad frente a terceros
La presidenta de la Comisión de Tierras de la legislatura provincial, Clelia Avila, presentó un proyecto de ley mediante el cual propicia la creación de un “Registro Público de Ocupantes de Parcelas Rurales Fiscales”, en el ámbito del Instituto de Colonización de la Provincia del Chaco, con la finalidad de brindar seguridad jurídica a los ocupantes y publicidad frente a terceros. Dicho registro será publicado en la página Web del organismo con acceso libre al público. Avila indicó en los fundamentos que “la importancia de contar con un registro público de ocupantes de parcelas rurales fiscales está dada para que los ocupantes reciban, por parte del Estado, un instrumento que los reconozca como tenedores de la tierra que habitan y trabajan. Esto evitará los desalojos y posibilitará que el Instituto de Colonización tenga datos de los ocupantes a quienes deberá respetar y garantizar la propiedad de la tierra, antes de adjudicar a terceros”. En el articulado la iniciativa Avila expresa que “deberán inscribirse en el registro todas las personas y sus respectivos grupos familiares convivientes que invoquen y acrediten la ocupación de tierras fiscales en forma pública, pacífica y continua por un plazo no menor a tres años de ejercer la ocupación, y no cuenten con los instrumentos públicos que los habiliten a ocupar los predios fiscales”. “El registro público de ocupantes de parcelas rurales fiscales, asentará los siguientes datos: a) Del ocupante: Nombres y Apellido, Tipo y Número de Documento, Nacionalidad, Estado Civil y Domicilio; b) De la parcela: Se identificará en lo posible la parcela ocupada, con la determinación si es posible de las medidas, superficie y linderos, como designación catastral y dominial si se conociere y c) De la antigüedad: La persona solicitante deberá probar por información sumaria por ante el Juez de Paz de la localidad donde se ubique la parcela, el tiempo de la ocupación y el cumplimiento de los requisitos exigidos en el art.2º. En otra parte el articulado manifiesta “establecer que las personas que fueran registradas como ocupantes de los predios fiscales en el Registro creado recibirán, por parte del Instituto de Colonización, un acta provisoria de tenencia precaria del predio y éstos se obligarán a iniciar el trámite de regularización dominial del mismo ante dicho organismo”. “El Instituto de Colonización de la Provincia del Chaco deberá realizar una campaña publicitaria, en todo el ámbito provincial, para que los ocupantes de parcelas fiscales que no tengan regularizada la tenencia de la tierra que habitan y trabajan tomen conocimiento y puedan acogerse a los beneficios establecidos en esta ley”, concluye la iniciativa de Avila.
Fuente: chacodiapordia

No hay comentarios:

Publicar un comentario